• Inicio
  • Cursos
  • Conoce Veigler
    • Sistema de Estudio
    • Equipo
    • Acreditaciones
    • FAQs
    • Opiniones
  • Blog
  • Contacto
    Contacta con nosotros:
    910 053 598
    info@veigler.com
    Carrito
    Veigler Business School
    • Inicio
    • Cursos
    • Conoce Veigler
      • Sistema de Estudio
      • Equipo
      • Acreditaciones
      • FAQs
      • Opiniones
    • Blog
    • Contacto

      Empresa

      • Inicio
      • Blog
      • Empresa
      • El contrato de trabajo: clasificación, derechos y deberes

      El contrato de trabajo: clasificación, derechos y deberes

      • Categorías Empresa
      • Fecha 17 septiembre, 2020
      En el contrato de trabajo se muestran las cláusulas de contratación

      En el mundo laboral, el concepto más extendido es el contrato de trabajo. Y no es para menos. En este documento se incluye toda la información acerca de las condiciones laborales del trabajador, la retribución que ofrece la empresa, etc. Es decir, toda la información esencial e imprescindible de un puesto de trabajo. En un contrato figuran diversas cláusulas y no todos son iguales e incluyen las mismas, ya que en algunas empresas hay más cláusulas y, en otras, menos. Por ello, es importante leer el contrato de trabajo antes de aceptar un puesto de trabajo.

      Si quieres aprender más sobre el análisis de los puestos de trabajo, especialízate con el Máster en Dirección de Recursos Humanos, ¡no te arrepentirás!

      Índice de contenidos

      • ¿Qué es un contrato de trabajo?
        • Elementos incluidos en un contrato laboral
        • ¿Qué derechos y deberes laborales se deben respetar en el contrato de trabajo?
          • Derechos del trabajador, Artículo 4
          • Deberes del trabajador, Artículo 5
      • Tipos de contrato de trabajo

      ¿Qué es un contrato de trabajo?

      Un contrato de trabajo es un convenio bilateral o multilateral a través del cual se definen e indican los derechos y las obligaciones del empleado en relación a la actividad remunerada que este realice. La duración del contrato puede variar, así como las cláusulas que figuren en este. Sin embargo, hay ciertos elementos que comparten todos y cada uno de los contratos.

      Elementos incluidos en un contrato laboral

      El empleador debe presentar por escrito las condiciones de contratación, aunque previamente haya sido acordado de palabra. Tanto el empleador como el empleado deben firmar el contrato.

      • Nombre y dirección del empleador y del trabajador.
      • Inicio y duración de la actividad remunerada.
      • Tipo de actividad y descripción de las tareas que realizará el empleado.
      • Lugar de trabajo. Cabe recordar que actualmente el teletrabajo es una realidad y, debido a la reciente crisis del coronavirus, es un modelo de trabajo que se ha instaurado en muchas empresas. En España, actualmente, se está elaborando una ley que regule el teletrabajo.
      • Remuneración; por lo general, expresada en salario bruto. Además, debe figurar la composición de la remuneración; es decir, salario base, suplementos, dietas, etc.
      • Jornada laboral.
      • Vacaciones.
      • Plazo para rescindir del contrato de trabajo.
      • Referencias a convenios colectivos, acuerdos de empresa o de servicio, etc. En algunos casos, la remuneración, la jornada laboral y las vacaciones, entre otros, dependen del convenio.

      ¿Qué derechos y deberes laborales se deben respetar en el contrato de trabajo?

      Según el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, mediante el cual se aprueba la Ley del Estatuto de los Trabajadores, este determina los derechos y los deberes.

      Derechos del trabajador, Artículo 4

      • A la ocupación efectiva, al trabajo y a la libre elección de una profesión u oficio.
      • A la promoción dentro de la empresa y a la formación profesional continuada en su puesto de trabajo.
      • Derecho a la libre sindicación y a la negociación colectiva. Frente a un conflicto colectivo, la adopción de medidas. También es su derecho la huelga y a la reunión.
      • Participación en la empresa y consulta de información.
      • A no ser discriminados para el empleo por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, afiliación o no a un sindicato u orientación sexual, entre otros.
      • Derecho a la integridad física y a la prevención de riesgos laborales.
      • A la intimidad y a la dignidad, protección frente al acoso, al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
      • A la percepción de la remuneración pactada.
      • Al ejercicio individual de las acciones que deriven de su contrato de trabajo.

      Deberes del trabajador, Artículo 5

      • Derecho a cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato de trabajo y de conformidad con las reglas de diligencia.
      • A adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales que se indiquen.
      • A seguir las instrucciones del empleador en el ejercicio de sus facultades directivas.
      • No concurrir en la actividad de la empresa en los términos fijados por ley.

      Tipos de contrato de trabajo

      Los contratos de trabajo pueden ser individuales o colectivos. En el caso del contrato individual, en este se establece que el trabajador se compromete a llevar a cabo la actividad indicada por el empleador, a cambio de una remuneración económica. Respecto al contrato de trabajo colectivo, este consiste en un convenio que establecen varios empleadores con uno o más sindicatos, donde fijan las condiciones a las que se deberán atener los empleados durante el desarrollo de su actividad laboral.

      Existe otra clasificación de los contratos laborales que contempla los siguientes tipos de contratos:

      • Indefinido. Es aquel contrato en el cual la duración es indeterminada.
      • Temporal. Es un acuerdo laboral establecido para un tiempo determinado. Este tipo de contrato puede ser de obra o servicio, de interinidad o para cubrir una baja médica, eventual, etc.
      • De formación y/o aprendizaje. Este tipo de contratos son habituales entre personas de 16 a 30 años, y son utilizados, mayoritariamente, para incentivar la inserción laboral de los jóvenes.
      • De prácticas. Este tipo de contrato tiene lugar cuando los trabajadores son estudiantes o recién graduados. En la mayoría de casos no suelen estar remunerados. Son habituales en institutos donde se imparten ciclos formativos, universidades públicas y privadas y escuelas de estudios especializados, entre otros.
      comunicacion

      Publicación anterior

      La formación en la empresa, un proceso imprescindible
      17 septiembre, 2020

      Siguiente publicación

      El síndrome postvacacional y la vuelta a la rutina
      24 septiembre, 2020

      También te puede interesar

      Conoce cómo interpretar el código TARIC en este post
      Código TARIC: qué es y cómo debe interpretarse
      6 octubre, 2022
      Descubre el programa SAP y sus múltiples oportunidades profesionales
      Programa SAP: en qué consiste y oportunidades profesionales
      4 agosto, 2022
      Descubre qué es la negociación y sus tipos
      ¿Cuáles son los tipos de negociación y cómo se emplean?
      16 junio, 2022

      cursos

      ÚLTIMOS POSTS

      Descubre todo lo que necesitas saber para estudiar producción cinematográfica y qué debes aprender para ser productor de cine.
      Estudiar producción cinematográfica: Guía completa
      13Mar2025
      El Día Mundial de la lucha contra la depresión busca concienciar sobre esta enfermedad mental. Descubre cómo prevenirla y tratarla.
      Día Mundial de la lucha contra la Depresión: Conciencia y acción
      13Ene2025
      Descubre cómo fijar tus metas de fin de año para cerrar el 2024 con éxito con objetivos claros y un plan efectivo.
      Cómo establecer metas de fin de año para cerrar el 2024 con éxito
      28Nov2024
      Descubre cuándo y por qué se celebra el día del programador.
      Día del Programador: ¿Cuándo y por qué se celebra?
      12Sep2024
      Veigler Business School

      91 005 35 98

      info@veigler.com

      C/ Girona, 65 Bajos, 25600, Balaguer, Lleida

      C/ Méndez Álvaro, 20, 28045, Madrid

      Veigler Business School | Copyright 2025

      • Información Legal
      • Política de Cookies
      • Tablón de Anuncios
      • Trabajamos con Aplazame